- La fundación tiene por objeto contribuir a la promoción de la salud, el bienestar social y la calidad de vida de la comunidad, mediante el desarrollo de proyectos de asistencia, reinserción, investigación, prevención, formación o consultoría; así como mediante la creación de todo tipo de dispositivos asistenciales y de reinserción apropiados.
- Lejos de limitarse a intervenir en un área concreta en el marco de la salud y el bienestar social, la fundación se plantea intervenir en las áreas de confluencia de diversos problemas, especialmente en los temas de salud con un contenido social y comunitario o, visto desde otro ángulo, en los temas sociales relacionados con la salud.
- Estas acciones se dirigirán al conjunto de colectivos que componen la población general, sin discriminación alguna, por lo que tendrán en cuenta los problemas sociales y de salud de personas de cualquier edad, género, raza, condición social y nacionalidad. Prioritariamente se considerarán los colectivos desfavorecidos o en especiales dificultades: drogodependientes, desempleados, mujeres maltratadas, ancianos, jóvenes en riesgo, desempleados, etcétera.
- Los ámbitos preferentes de actuación de la fundación serán el alcoholismo, las restantes drogodependencias, el sida y, otras enfermedades de transmisión sexual, la educación para la salud, la inserción de reclusos, los discapacitados psíquicos y físicos, la tercera edad, la violencia familiar, juvenil, vandálica, racista y política, así como otros trastornos mentales (anorexia, ludopatía, etc.)
- Específicamente, la fundación desarrollará acciones de cooperación para el desarrollo y de promoción de la solidaridad entre los pueblos.
- Del mismo modo, la fundación desarrollará programas de promoción de la salud en el ámbito comunitario y en el lugar de trabajo. con especial atención a la prevención de los riesgos laborales.
- Asimismo, la fundación promoverá la salud, la calidad de vida y el civismo entre la infancia y juventud, mediante los proyectos preventivos y la prestación de los servicios adecuados.
- La fundación podrá también ejercer la tutela y curatela legales de personas con trastornos mentales y otras discapacidades, así como la de ancianos que presenten una imposibilidad de ejercer adecuadamente sus funciones de discernimiento y voluntad, en los términos que establezcan las leyes.
- La fundación trabajará para implicar y hacer participar activamente a la sociedad, potenciando el voluntariado, colaborando con otras entidades afines y promoviendo una colaboración activa con las entidades públicas y privadas con que comparta objetivos comunes.
El desarrollo de los fines de la Fundación se efectuará a través de alguna de las formas siguientes de actuación:
a) Gestión de centros. servicios y/o proyectos propios, concertados o colaboradores.
b) Concesión de ayudas económicas.
c) Subvenciones a otras instituciones.
d) Participando en el desarrollo de las actividades de otras entidades que realicen actividades coincidentes o complementarias con las de la propia Fundación.
Así como mediante cualquier otra forma que también sirva a los fines aquí propuestos (prestaciones de servicios. actividades sociales, etc.... )
La Fundación tiene por objeto realizar programas de tratamiento, rehabilitación e inserción social para alcoholicos, otros drogodependientes, enfermos de sida y problematica derivada del VIH+ así como programas de soporte para sus familiares.